FUNDACION PARA LA PROMOCION Y EL DESARROLLO

DEL OLIVAR Y DEL ACEITE DE OLIVA

Acuerdo del Patronato de la Fundación para la Promoción y el Desarrollo del Olivar y del Aceite de Oliva, de 19 de junio de 1998, y del Consejo de 18 de septiembre de 1998, por el que se convocan becas de practicas en almazaras ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía , y en el marco del Plan Anual de Actuación de la Fundación en materia de formación, investigación y desarrollo.

BECAS DE PRACTICAS EN ALMAZARAS.

  1. Finalidad. Las becas para la realización de practicas en almazaras tienen como objetivo poner en contacto a los futuros profesionales del sector con la tecnología y gestión de las industrias oleícolas. Bajo la dirección de la empresa y la coordinación de la Fundación, los alumnos realizarán trabajos de carácter técnico o económico relacionados con la gestión durante el período de estancia en la almazara.
  2. Requisitos. Alumnos matriculados en el último curso de estudios universitarios de grado medio o superior, en alguna de las siguientes carreras: Ingenieros Agrónomos, Ingenieros Técnicos Agrícolas, C. Químicas, C. Biológicas, C. Económicas, C. Empresariales, I. Química, I.T. Química, C. y Tecnología de los Alimentos, Farmacia.
  3. Dotación económica: 70.000 pesetas brutas por mes, desglosadas de la siguiente forma:
  4. · 30.000 pts. aportadas por la Fundación del Olivar.

    · 40.000 pts. abonadas al becario por la Almazara colaboradora.

  5. Duración: 3 meses. La duración mínima de las practicas será de 30 horas semanales, distribuidas a criterio de la Dirección de la empresa.
  6. Número de becas: 30.
  7. Período de disfrute de la beca: entre los meses de diciembre y febrero.
  8. El importe de la beca será hecho efectivo de la siguiente forma: En una sola vez a su finalización, tras la presentación y aprobación por la Fundación de la Memoria del Trabajo fin de prácticas, con la conformidad del Director/Administrador de la almazara en la que se haya llevado a cabo, junto con el justificante de haber percibido la dotación económica correspondiente a la almazara colaboradora.
  9. La Memoria del Trabajo recogerá los resultados de la actividad realizada por el becario, en la que junto con los conceptos de carácter teórico utilizados, reflejará especialmente los trabajos de carácter práctico llevados a cabo, mediante textos, gráficos, cuadros, o por cualquier otro medio que permita una expresión completa de la actividad desarrollada. La memoria podrá tener entrada en la Fundación hasta el 5 de abril de 1999 inclusive.
  10. La justificación de pago indicada en el punto 7 se acreditará exclusivamente mediante documento de abono o extracto bancario expedido por la entidad financiera en la que tenga abierta cuenta el becario y en el que se haga constar el ordenante de la transferencia.
  11. Si quedase sin adjudicar becas de este tipo, el importe del crédito excedente podrá aplicarse a los otros tipos de becas en los que hubiera exceso de solicitudes acreedores de ellas.
  12. Las solicitudes, cuyo modelo se adjunta en el Anexo I, dirigidas a la Fundación para la Promoción y Desarrollo del Olivar y del Aceite de Oliva, con domicilio en Paseo de la Estación, 25, 6ª Planta, 23008 JAÉN, podrán tener entrada hasta las 14 horas del día 6 de noviembre de 1998 inclusive.

A las solicitudes deberán acompañar:

  1. Certificado de estar matriculado en último curso de carrera.
  2. Expediente académico y fotocopia D.N.I.
  3. Curriculum vitae, acreditándose documentalmente los méritos y experiencias profesionales que se aduzcan.
  4. Indicación de la almazara a la que se incorpora el estudiante, junto con la aceptación por escrito del Presidente o Director de dicho centro.
  5. Fecha de comienzo y finalización de la estancia en la almazara, así como la actividad a desarrollar en ella.

Los apartados d) y e) requerirán de la aprobación de la Fundación.

  1. El disfrute de la beca es incompatible con la realización de cualquier tipo de trabajo.
  2. Las solicitudes serán examinadas por un Comité de Adjudicación de Becas integrado por representantes de la Fundación o por personas designadas por esta. Las decisiones del Comité, que serán inapelables, se trasladarán a los órganos de gobierno de la Fundación para su aprobación definitiva.
  3. La Fundación podrá declarar total o parcialmente desierta la convocatoria.
  4. A la vista de los candidatos seleccionados, la Fundación publicará la lista de becarios indicando:

Tanto las fechas, como la almazara donde se desarrollará el trabajo, pueden no coincidir con lo solicitado por el aspirante.

  1. La Fundación podrá anular la beca si detectara incumplimiento por parte del beneficiario de las condiciones de esta convocatoria.
  2. Los interesados podrán recibir información complementaria en:

Fundación para la Promoción y Desarrollo del Olivar y del Aceite de Oliva

Paseo de la Estación 25 - 6º Planta. 23008 Jaén.

Tel. (953) 27 49 76. Fax. (953) 27 62 19

http://www.oliva.net

e-mail: fundacion@oliva.net

 

Anexo que debe cumplimentar: Anexo